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Alcaldía de Cartagena sanciona a docente y agente de tránsito del DATT

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Los fallos de primera instancia corresponden a hechos que fueron denunciados en el 2018 y 2015, respectivamente.

Cartagena de Indias, D. T. y C., 16 de abril de 2021. La Oficina Asesora de Control Disciplinario, liderada por la abogada María Victoria Olier Martínez, profirió dos fallos sancionatorios donde uno corresponde a una investigación adelantada contra un docente de la I.E. José Manuel Rodríguez Torices, INEM; mientras que la otra decisión es resultado de un proceso aperturado contra un agente del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT.

Sobre el primer fallo, este corresponde a una investigación que inició en el 2018 contra un coordinador del INEM, a partir de un oficio remitido por la Oficina Asesora de Control Interno en atención a una queja presentada por la Secretaría de Educación Distrital, en la que se informaba sobre una presunta conducta inapropiada por parte del educador hacia una estudiante de décimo grado del plantel educativo.

Tras adelantarse la respectiva indagación preliminar, la Oficina Asesora de Control Disciplinario encontró argumentos suficientes para iniciar en el año 2019 una investigación formal que finalizó el año pasado. Durante ese periodo se recopilaron pruebas, testimonios y se adelantaron las audiencias verbales pertinentes que llevaron a esta dependencia de gobierno a proferir en este 2021, fallo sancionatorio consistente en INHABILIDAD POR 12 AÑOS.

La decisión se sustenta en que el investigado cometió falta disciplinaria calificada como “Gravísima” imputada a título de “Dolo”, toda vez que se aprovechó de la confianza que le tenía la estudiante menor de edad e incurrió con su conducta en un tipo penal que está definido en el artículo 210-A del Código Penal como ACOSO SEXUAL, configurándose de esta manera la falta disciplinaria regulada en el numeral 1 del artículo 48 del Código Disciplinario Único.

Contra este fallo procede la apelación, por lo que el disciplinado tiene hasta hoy plazo para presentar el respectivo recurso, con el fin de que el Despacho del Alcalde resuelva en segunda instancia.

En cuanto al segundo fallo, es consecuencia de un oficio presentado por la Subdirección Operativa y Técnica del DATT contra un agente de tránsito de la entidad, quien fue sorprendido en flagrancia por un medio de comunicación de la ciudad cuando utilizaba un vehículo de la institución para transportar a un menor de edad.

Esta conducta, que fue denunciada en el año 2015, puso de manifiesto un presunto mal uso de los elementos de dotación asignados por el DATT al agente de tránsito, por lo que la Oficina Asesora de Control Disciplinario procedió con las actuaciones procesales pertinentes.

Finalizada la indagación preliminar, se ordenó en el año 2018 el inicio de una investigación formal que culminó en el 2019; derivando en formulación de pliego de cargos en el 2020, cuyo trámite llevó a que se emitiera en esta vigencia fallo sancionatorio consistente en AMONESTACIÓN ESCRITA, toda vez que la falta disciplinaria fue tipificada como “Falta Leve” cometida a título de “Culpa”, en conformidad con el artículo 50 de la Ley 734 de 2002.

Es necesario precisar que sobre este fallo procedía apelación. Sin embargo, el disciplinado aceptó la decisión, quedando está debidamente ejecutoriada.

Ambas decisiones disciplinarias fueron informadas a la División de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación.

Las acciones promovidas por la Oficina Asesora de Control Disciplinario están enmarcadas en las estrategias que conforman el pilar ‘Cartagena Transparente’ del Plan de Desarrollo “Salvemos Juntos a Cartagena, Por una Cartagena Libre y Resiliente 2020–2023″.

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