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Ciudadanos podrán obtener en línea el Registro Civil de Defunción

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Bogotá, diciembre de 2019.-  El presidente de la República, Iván Duque Márquez, firmó el Decreto Ley Antitrámites por medio del cual los ciudadanos podrán obtener en línea el Registro Civil de Defunción.

 

La administración de la base de datos del Registro Civil de Defunción la asumirá la Registraduría Nacional del Estado Civil, que junto con el Ministerio de Salud y Protección Social crearán el mecanismo automatizado para que los ciudadanos puedan obtener dicho documento en línea.

 

De esta forma, las entidades que requieran verificar la defunción de una persona podrán consultar en línea las bases de datos de identificación y registro civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil, que reglamentará este procedimiento.

 

“El principal logro que trae el Decreto Ley Antitrámites es que la transformación digital del Estado es el camino para llegar a las nuevas generaciones de colombianos que quieren una respuesta más ágil a sus solicitudes y con la facilidad que ofrecen las nuevas tecnologías” puntualizó el director de Función Pública, Fernando Grillo.

 

En caso de que no existan medios tecnológicos, el artículo 21 del Decreto Ley señala que “las funerarias y parques cementerios solo podrán inhumar o cremar personas fallecidas cuando se acompañe el certificado médico de defunción en físico, el dictamen del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, o la orden de la autoridad competente”.

 

Además, la Registraduría Nacional del Estado Civil, en conjunto con el Ministerio de Salud y Protección Social y el Departamento Nacional de Estadística –DANE-, definirán el formato único que deberán diligenciar los médicos, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses –incluidas sus regionales y seccionales- y las autoridades competentes cuando certifiquen la muerte de una persona.

 

Otros trámites estandarizados

Durante los próximos seis (6) meses, el Gobierno Nacional estandarizará los plazos, procedimientos, requisitos y formularios que actualmente se exigen para adelantar los trámites relacionados con el reconocimiento de pensiones del Sistema General de Seguridad Social; así como para el reconocimiento y pago de cesantías totales y parciales.

 

Los contratistas de prestación de servicios del Estado reciben también una buena noticia, ya que no se les exigirá la presentación en físico de la planilla del pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social. Las entidades deberán verificar mediante la herramienta tecnológica que ponga a disposición el Ministerio de Salud y Protección Social.

 

Acerca del Decreto LEY

Tras la aprobación de las Facultades Extraordinarias al Presidente Iván Duque en el Plan Nacional de Desarrollo, el Departamento Administrativo de la Función Pública lideró las mesas de trabajo para la articulación de los 24 sectores de Gobierno, así como las entidades territoriales y gremios empresariales. Fueron tres los pilares de la construcción: la Legalidad, la Equidad y la Lucha contra la Corrupción. Durante el diálogo e identificación de trámites a ser revisados, se recibieron 1.800 propuestas que se incorporaron en el articulado del Decreto Ley.

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