¿Pacto de difamación?
14 abril 2026
Cartagena tendrá nuevo mirador en Los Alcatraces
14 abril 2026

¿Colombia hacia un sistema semiparlamentario? Lecciones del modelo italiano para una eventual Constituyente

Compártelo:

Por Erick Urueta Benavides — Trabajador Social, Defensor de Derechos Humanos y Abogado.

El debate sobre una Asamblea Nacional Constituyente ha vuelto a ocupar el centro de la discusión política colombiana. Más allá de las posiciones partidistas que el tema suscita, la pregunta de fondo es otra: si se abriera esa puerta, ¿qué modelo
institucional debería adoptar el país para superar las limitaciones del presidencialismo que nos rige desde hace más de dos siglos?

Una alternativa que merece análisis serio es la transición hacia un sistema semiparlamentario inspirado en el modelo italiano, adaptado a las particularidades de nuestra realidad social e institucional. No se trata de copiar fórmulas extranjeras,
sino de examinar con rigor qué herramientas del derecho comparado podrían fortalecer nuestra democracia.

El agotamiento del modelo vigente
La Constitución de 1991 diseñó un presidencialismo con contrapesos: moción de censura, control de constitucionalidad, acción de tutela y organismos autónomos de control. Sin embargo, la práctica política ha demostrado que muchos de esos
mecanismos operan de manera insuficiente. La moción de censura contra ministros, prevista en el artículo 135 numeral 9 de la Carta, ha sido prácticamente inoperante.

Las coaliciones de gobierno se construyen sobre lógicas clientelares antes que programáticas. Y la concentración de poder en la figura presidencial genera ciclos recurrentes de tensión con el Legislativo que terminan resolviéndose por vía judicial
o mediante el uso polémico de los estados de excepción.

Como advierte la doctrina comparada de autores como O’Donnell, Mainwaring y Shugart, el hiperpresidencialismo latinoamericano tiende a personalizar el poder y a debilitar la función de control del Congreso, fenómeno que Colombia ha
experimentado bajo gobiernos de distintas orientaciones ideológicas. Sino es el Uribismos es el Petrismo.

La propuesta: dualidad ejecutiva con responsabilidad parlamentaria
Un sistema semiparlamentario distribuiría las funciones del Ejecutivo entre dos figuras.

El Presidente de la República, elegido por voto popular directo, cumpliría el rol de Jefe de Estado: representación internacional, mando de las Fuerzas Armadas, garantía de unidad nacional y arbitraje en situaciones de crisis.

Un Primer Ministro, designado por el Presidente pero investido por la mayoría de la Cámara de Representantes, asumiría la jefatura de Gobierno: administración pública, política económica y social, coordinación del gabinete y relación cotidiana
con el Legislativo.

El gabinete ministerial respondería políticamente ante el Congreso, no solo ante el Presidente. Se introduciría una moción de censura constructiva, siguiendo la experiencia alemana, que exigiría proponer simultáneamente un nuevo Primer Ministro para evitar vacíos de poder. Y el Presidente tendría la facultad excepcional de disolver la Cámara y convocar elecciones anticipadas, siempre con control previo de la Corte Constitucional.

Beneficios concretos para Colombia
Este modelo ofrecería ventajas tangibles. Reduciría el personalismo político al separar la representación simbólica del Estado de la gestión gubernamental diaria.

Fortalecería el control parlamentario real, pues un Primer Ministro que depende de la confianza del Congreso debe negociar permanentemente con las bancadas.

Generaría incentivos para formar coaliciones programáticas, dado que el voto de investidura obligaría a pactar agendas legislativas concretas. Y proporcionaría una válvula de escape institucional frente a crisis políticas graves: en lugar de judicializar los conflictos entre poderes o recurrir a estados de excepción, bastaría con cambiar al Primer Ministro o, como último recurso, convocar nuevas elecciones.

La experiencia italiana, pese a sus episodios de inestabilidad gubernamental, demuestra que el parlamentarismo puede funcionar en sociedades fragmentadas y multipartidistas, condiciones que caracterizan también a Colombia con sus más de quince partidos con representación congresional.

Los riesgos que no pueden ignorarse
Ninguna reforma institucional opera en el vacío. El principal desafío sería la fragmentación parlamentaria extrema, que podría producir gobiernos efímeros e incapaces de ejecutar políticas públicas sostenidas. La resistencia cultural al
debilitamiento de la figura presidencial, profundamente arraigada en nuestra tradición política, constituye otro obstáculo considerable. Existe además el riesgo de una cohabitación conflictiva entre Presidente y Primer Ministro si ambos
provienen de fuerzas políticas antagónicas, escenario que Francia ha experimentado en varias ocasiones.

Por ello, cualquier transición semiparlamentaria exigiría como condición previa el fortalecimiento de los partidos políticos, la profesionalización de la administración pública y una reforma electoral que eleve los umbrales de representación y
favorezca la disciplina partidaria y la madurez de los partidos.

Una Constituyente responsable
Si Colombia decide abrir el camino de una Asamblea Constituyente, el peor escenario sería hacerlo sin un debate técnico serio sobre las alternativas institucionales disponibles. El semiparlamentarismo no es una panacea, pero ofrece
herramientas probadas para resolver problemas estructurales que el presidencialismo puro no ha logrado superar en más de doscientos años de vida republicana.

La viabilidad de cualquier modelo dependerá, en última instancia, de la voluntad de los actores políticos y de la sociedad colombiana para construir consensos que trasciendan la coyuntura y apuesten por una democracia más equilibrada, donde
gobernar no sea sinónimo de concentrar el poder, sino de ejercerlo con responsabilidad compartida.