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Conoce los 10 mitos alrededor de las cesantías de los colombianos

Medellín, 7 de enero de 2021. Teniendo en cuenta que se acerca uno de los hechos económicos con mayor importancia en el país, la temporada en la que cientos de trabajadores colombianos reciben sus cesantías y se movilizan una cantidad de recursos que apalancarán proyectos de vivienda, educación o serán un seguro en caso de desempleo, Protección aclara 10 mitos comunes sobre las Cesantías, con el propósito de que las personas puedan ver estos recursos como un salvavidas para el cumplimiento de sus sueños, usándolos de manera adecuada.

 

Mito 1: Las cesantías son un dinero extra

Es importante aclarar que las cesantías son una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores formales en Colombia y equivalen a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado. Es decir que no representan un salario adicional, por lo que el trabajador no puede disponer libremente de este dinero. En caso de necesitarlo, el trabajador debe demostrar ante el empleador y el Fondo de Cesantías donde se las estén administrado (AFP o FNA), que la destinación de estos recursos se encuentra dentro de lo definido por la ley. La invitación de Protección es a entender las cesantías como un salvavidas ante coyunturas como la que atravesamos, como ese seguro de desempleo o como el ahorro que acerca a las personas a esos grandes sueños de vivienda y educación; y que no se vean como un salario extra del que se puede disponer en cualquier situación.

 

Mito 2: No puedo retirar mis cesantías para estudios en el exterior

En el caso de destinar las cesantías para educación se debe tener en cuenta que estas se pueden usar para financiar estudios superiores, estudios de programas técnicos que impartan instituciones dedicadas a la formación para el trabajo y el desarrollo humano del empleado, al pago de deudas con el ICETEX, al pago de ahorro programado o seguros para educación. Esto aplica para el trabajador, cónyuge e hijos. También pueden destinarse a la financiación de estudios en el exterior, siempre y cuando se presente la documentación requerida, en la que se incluye una certificación, verificando que la institución es técnica profesional, institución universitaria, escuela tecnológica o universidad. Además, los documentos que estén en otro idioma deben tener traducción oficial.

 

Mito 3: Las cesantías no generan rendimientos

Las cesantías sí generan rendimientos, los cuales dependen de la gestión del fondo en el que están invertidas, del tipo de inversiones que se hagan y de factores externos como las condiciones de los mercados y de las economías tanto local, como internacional. Sin embargo, los equipos expertos en inversiones son los encargados de gestionar estos recursos de la manera más óptima posible para los afiliados. Existen dos portafolios para optimizar estos rendimientos en función del plazo en que vayan a permanecer los recursos ahorrados. El Portafolio de Largo Plazo, para aquellas cesantías que se guardarán por un buen tiempo como seguro de desempleo o para compra de vivienda, pues la rentabilidad está proyectada en un periodo amplio de tiempo (2 a 3 años). Por otro lado, está el Portafolio de Corto Plazo, para las cesantías que se usarán próximamente (menos de un año); como éste debe atender los retiros parciales o totales de las cesantías, el portafolio es conservador, las inversiones son muy líquidas y no generan altas rentabilidades. El trabajador puede elegir tanto la AFP donde quiere tener sus Cesantías, así como el portafolio donde quiere administrarlas, según sus planes y proyectos. Las cesantías son el mejor salvavidas para enfrentar imprevistos como en caso de quedarse sin empleo, por lo que desde Protección recomendamos tenerlas como un ahorro de largo plazo.

 

Mito 4: Las volatilidades en los mercados me hicieron perder mis cesantías

A causa de esta situación coyuntural que atravesamos en el 2020, en el primer trimestre del año pasado se tuvieron algunas desvalorizaciones, pero estas en el transcurso del año fueron plenamente compensadas en favor del ahorro de cada afiliado. Nuestra invitación desde Protección es a entender la rentabilidad como un tema de largo plazo y evitar hacer movimientos en momentos coyunturales de decrecimiento económico, con el fin de evitar pérdidas en el largo plazo sobre los rendimientos del periodo de recuperación, que ya ha llegado.

 

Mito 5: No puedo elegir cómo se invierten mis cesantías

Las AFP son las responsables de administrar los recursos que se recauden, en este caso de las cesantías. Este dinero es invertido en dos tipos de portafolio: de Corto y Largo plazo, que tienen una diversificación de activos acorde al perfil de riesgo y al tiempo que permanecerán ahorradas. La persona puede elegir, en qué AFP estar, así como en qué portafolio invertir sus cesantías, pero mientras no se decida por un portafolio, la consignación que haga el empleador en febrero entrará al portafolio de Corto Plazo, y luego en agosto todo el ahorro pasará al portafolio de Largo Plazo. En cualquier momento se puede decidir la forma como distribuir el ahorro. A esto se le llama elegir el perfil de administración, es decir, seleccionar la distribución del ahorro de cesantías entre los portafolios de Corto y Largo Plazo.

 

Mito 6: El trámite para retirar las cesantías es muy extenso

Nuestra recomendación desde Protección siempre será dejar ahorradas las cesantías para que en el momento en el que se requieran se pueda contar con ellas. Y para el momento en que la persona las requiera pueda acceder a ellas de manera simple y fácil, incluso sin salir de casa, por lo que hemos habilitado servicios apalancados en la tecnología, que nos permiten que el acceso a las cesantías sea 100% digital. Para ello contamos con protección.com y una serie de aliados como Nequi, las universidades con las que tenemos convenio, los corresponsales y la red bancaria, basta con que el empleador le autorice el motivo del retiro, también por internet, e indique la cuenta de destino.

Mito 7: Es mejor sacar las cesantías cuando se presentan caídas en los mercados

Ni las cesantías, ni ningún ahorro e inversión es recomendable sacarlo en momentos de nerviosismo de los mercados. Cuando inició la coyuntura del COVID en marzo de 2020, desde Protección recomendamos no tomar decisiones rápidas y eso lo podemos ratificar hoy, cuando con satisfacción podemos decir que cerramos el año con una recuperación importante en todos los portafolios, incluyendo los de cesantías. Adicionalmente, el mecanismo con que hoy cuentan las cesantías de dos portafolios uno de corto y otro de largo plazo, permite que el de corto plazo desarrolle estrategias de preservación del ahorro, puede que no gane mucho rendimiento, pero no va a perder.

Mito 8: La rentabilidad y los intereses de las cesantías son lo mismo

La rentabilidad responde a la gestión de inversiones que hacen los equipos expertos de las AFP. Por su parte, los intereses a las Cesantías son un beneficio que reciben los trabajadores colombianos cada año de parte de su empresa o empleador y corresponden al 12% del valor de las cesantías de ese año. Los intereses a las cesantías se le deben entregar directamente el trabajador antes del 31 de enero de cada año.

 

Mito 9: El retiro por disminución de ingresos estará vigente mientras dure la pandemia

La opción de retiro por disminución de ingresos estará vigente durante el tiempo que permanezcan los hechos que dieron lugar a la emergencia económica, social y ecológica que vive el país, a causa de la propagación del COVID-19, es decir, mientras esté en curso la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional. Recientemente, esta se extendió hasta el 28 de febrero, por lo cual, el retiro de cesantías por este motivo está habilitado hasta esa fecha.

Protección recuerda a sus afiliados que se han habilitado todos los canales digitales para facilitar los retiros parciales de cesantías de aquellas personas que han tenido una afectación temporal en sus ingresos. Hasta la fecha la Compañía ha atendido la necesidad de cerca de 135 mil clientes, por un monto total de 127 mil millones de pesos, sin realizar ningún cobro de comisión y en un 90% sin desplazamientos de usuarios. Lo anterior demuestra que las cesantías representan un salvavidas para los colombianos en términos de apoyos económicos, frente a los impactos que ha generado la contingencia.

Mito 10: Las cesantías no se heredan

Cuando el afiliado al Fondo de Cesantías fallece, dichos recursos pueden ser solicitados por sus beneficiarios de ley (cónyuge, hijos u otros dependientes). Para esto, el empleador debe publicar tres edictos en diarios de circulación nacional, para que las personas que se consideren beneficiarios de las Cesantías se presenten. Adicionalmente el empleador debe enviar una carta a la AFP notificando el suceso.

“En Protección hemos evidenciado durante la coyuntura actual, como las cesantías se han convertido en el salvavidas para el cumplimiento de los sueños de los colombianos, es por esto que nuestra invitación es a darle un uso adecuado a estos recursos, no considerándolos como un ingreso extra, sino como ese respaldo que mientras está guardado va generando unas rentabilidades, de manera que cuando realmente se necesite, su monto pueda ser mayor al depositado inicialmente, permitiendo que estas cubran las necesidades para las que fueron creadas”, concluyó Juan David Correa, Presidente de Protección.

Esta información hace parte de la labor pedagógica que desarrolla Protección a través de su plataforma #TomaElControl, que busca orientar y acompañar a quienes quieren y necesitan mejorar su relación con el dinero y el endeudamiento e incorporar pequeños hábitos que les permitan ajustar sus gastos a sus realidades de ingresos y tener una mejor salud financiera, a través de un uso adecuado de prestaciones como las cesantías. El contenido, herramientas y facilidades de ahorro se encuentran disponibles en www.proteccion.com/tomaelcontrol