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Dadis mantiene medidas en traslado y disposición de cadáveres por Covid

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Mediante una circular dirigida a toda la población cartagenera, la directora del Dadis, Johana Bueno Álvarez, da a conocer recomendaciones emitidas por el Ministerio de Salud, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión en los trabajadores del sector salud, de otras autoridades involucradas, funerarios, familiares y comunidad en general.

Estas son algunas de las medidas generales para el manejo de cadáveres con causa de muerte sospechosa o confirmada por Covid-19.

• Los fallecidos sin confirmación de negatividad para Covid-19 por PCR, deben ser considerados como casos sospechosos para efectos de manejo de cuerpo y extremar medidas de EPP.
• Todo el personal que interviene en el manejo, traslado y disposición final de los cadáveres asociados a la infección, deberán cumplir las normas de bioseguridad, el uso del EPP4 de acuerdo a lo establecido en este protocolo. Especialmente, las técnicas de lavado de manos con agua y jabón después de la manipulación de los cuerpos.
• Con el fin de prevenir la propagación del virus a través de los cadáveres en el medio hospitalario o domiciliario y por el periodo que dure la emergencia sanitaria, las entidades territoriales y municipales, donde se realice la disposición final del cadáver, se harán cargo del transporte, la cremación o inhumación de personas fallecidas por Covid-19, declaradas como pobres de solemnidad, sin seguridad social o pertenecientes a grupos vulnerables. Los departamentos y el Gobierno Nacional
podrán apoyar con la financiación de estas actividades, previa definición de los costos básicos.
• La toma de muestra post mortem por hisopado nasofaríngeo se debe realizar dentro de las primeras seis horas para mayor probabilidad de hallazgo en el laboratorio.
• En el caso de los decesos que ocurren en casa, un prestador de salud designado por la EAPB o por la respectiva DTS se desplazará al domicilio a fin de declarar el fallecimiento, evaluar las circunstancias que rodearon el deceso y establecer las posibles causas de muerte después de una indagación del estado de salud previo y revisión de antecedentes clínicos-epidemiológicos, a través de la entrevista a los familiares, revisión de historia clínica u otros documentos médicos
disponibles y la aplicación de la autopsia verbal, de conformidad con la metodología establecida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Si los hallazgos soportan una sospecha de Covid-19, enfermedad respiratoria no determinada, o antecedentes de exposición al virus, y no han transcurrido más de 6 horas del fallecimiento, se procederá a la respectiva toma de muestra post mortem y remisión inmediata al Laboratorio de Salud Pública. Los familiares que tuvieron contacto con el cadáver deberán informar a su EPS o a la DTS en caso de ser población no afiliada para la toma de muestras.

Finalmente, procederá a la
emisión del certificado de defunción y ubicación del cadáver en la bolsa para entrega al servicio funerario contratado por los deudos o personas encargadas, o definido por la entidad territorial, evitando traslados innecesarios del cadáver al prestador de servicios de salud o al sistema judicial.

La circular anexa a este comunicado contiene otras recomendaciones.

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