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«No pueden obligarme a escoger pensión mínima en vez de la devolución de saldos»: Lourdes Soto

Luego de haber trabajado durante 14 años para distintos empleadores en Colombia, cotizando 546 semanas con un fondo privado, Lourdes Josefina Soto Yanes, una economista cartagenera de 59 años, libra una batalla jurídica para que le devuelvan sus ahorros pensionales.

El 27 de abril de este 2021 hizo dicha solicitud al Fondo de Pensiones y Cesantías Protección. Sin embargo, pese a haber firmado todos los documentos para este fin, la entidad respondió el 23 de septiembre que no era procedente su requerimiento pues cuando cumpliera los 60 años, en febrero de 2022, tenía derecho a una pensión del salario mínimo. No obstante, para ello, debía seguir cotizando para alcanzar las 500.43 semanas faltantes.

Pero Lourdes se niega a aceptar esa opción. Hace más de 17 años vive en España con su esposo y sus dos hijos, siendo ya ciudadana de ese país. Asegura que Protección y la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda están desconociendo su autonomía a la voluntad y libre escogencia. Además, según ella, están violando su derecho a la dignidad.

«El fondo de pensiones se encuentra manejando mis cotizaciones y ahorros prestacionales que, desde el año 1989 al 2003, aporté al sistema de pensiones en Colombia. Al iniciar un nuevo proyecto de vida en otro país, no continué cotizando previendo que para cuando alcanzara la edad requerida utilizaría esos ahorros para brindarme un mejor estatus, no para obtener una pensión de salario mínimo, pues no dependería de ello para consolidar un proyecto de vida», sostuvo la mujer.

Lo más grave del caso, señala, es que por la expectativa de recibir en un futuro dichos ahorros realizó varias inversiones, y hoy debe a los bancos Abanca y bbva de España más de 10 mil euros.

Tutela la ampara

Como respuesta a una acción de tutela interpuesta, el Juez Décimo Administrativo del Circuito de Cartagena – en un auto de 16 hojas – ordenó a Protección que en un término improrrogable de 48 horas reconozca y pague a la afectada la devolución de saldos, prevista en el Artículo 66 de la Ley 100 de 1993.

Adicionalmente, pidió a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público que acepte y pague la redención anticipada del bono pensional, una vez esta sea solicitada por dicha administradora de fondos.

COMUNICADO:

Cartagena, 23 de noviembre de 2021

Comunicado a la opinión pública

Yo, Lourdes Josefina Soto Yanes, identificada con C.C. N°45.440.359 de Cartagena y con ciudadanía española, quiero denunciar ante la opinión pública la injusticia y abuso que el Fondo de Pensiones y Cesantías está cometiendo conmigo.

Tengo 59 años y desde 1983 hasta 2003, logré cotizar 546 semanas a dicho fondo. Por no alcanzar el número de semanas exigidas y haber cumplido la edad requerida, de conformidad al Artículo 66 de la Ley 100 de 1993, a través de apoderado, el 27 de abril de este 2021 solicité la devolución de mis saldos en mi cuenta individual de ahorros, pero Protección se niega a cumplir mi requerimiento.

Argumenta que pese a contar con 59 años de edad, en un cálculo proyectado a febrero de 2022, a la fecha de redención normal de mi bono pensional contaría con el capital suficiente para financiar una pensión mínima de vejez. Igualmente adujo que para acceder a una pensión de garantía mínima faltaba 500.43 semanas, por lo tanto debería esperar a la fecha de redención normal del bono pensional o seguir cotizando hasta adquirir las semanas requeridas para una pensión de garantía mínima.

Es mi voluntad y elección optar por una devolución de saldos, por lo que no puede Protección obligarme a esperar una redención normal de mi bono pensional a los 60 años; situación que no está contemplada en la Ley. No resido en Colombia, me encuentro en el país de España con mi familia, hace más de 17 años, y no es mi intensión regresar a radicarme en Colombia, tengo un garantía de seguridad social en ese país.

Pretenden desconocer mi autonomía de voluntad y derecho a la libre elección, condicionando la devolución de mis ahorros en mi cuenta individual, sin ningún sustento fatico o legal. Mi caso es una clara violación a lo que, tajantemente, dice la ley.

Estoy endeudada, por más de 10 mil euros, con los bancos Abanca y bbva de España, necesito mis ahorros. Si me toca protestaré, de manera virtual, para que se conozca mi situación y no vulneren más mis derechos.

Lourdes Josefina Soto Yanes
C.C. N°45.440.359 de Cartagena