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Surtigas intensifica campaña de revisiones periódicas en su zona de influencia

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Cartagena-Colombia: Surtigas hace un llamado a la comunidad en general y especialmente a los usuarios que habitan edificios, a que realicen de manera oportuna la Revisión Periódica obligatoria a sus instalaciones internas de gas natural, con la que se ampara la seguridad de los hogares.

La Revisión Periódica es la inspección obligatoria a la instalación interna de gas y se realiza para garantizar la seguridad del usuario, la de su familia y la de la comunidad. Por disposición legal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG (Res. CREG 059 de 2012), ésta debe hacerse antes que se cumpla el plazo máximo, es decir antes de que se cumplan los 5 años de haberse realizado la última revisión.

En los multifamiliares se realizan dos tipos de inspecciones:

  1. A la red matriz, común a todos los apartamentos.
  2. Y en cada apartamento de manera individual.

Es importante precisar que, para poder realizar la revisión periódica en cada apartamento, debe realizarse primero la revisión periódica a la red matriz del edificio.

De hallarse defectos en la red matriz o en la instalación interna de gas natural de los apartamentos, éstos deben ser corregidos para poder continuar disfrutando del servicio de gas natural.

De igual manera es importante recordar que, por seguridad y en virtud de la misma disposición de la CREG (Res. CREG 059 de 2012), la empresa distribuidora de gas natural tiene el deber de suspender a aquellos usuarios que no han realizado la revisión periódica a más tardar 5 días antes del vencimiento de la última revisión. Solo en el caso que funcionarios de la administración impidan el acceso de los técnicos de Surtigas a realizar las suspensiones del servicio de gas en el multifamiliar, por las razones expuestas será suspendido el servicio de gas a la totalidad del multifamiliar.

A pesar de los reiterados esfuerzos y campañas adelantadas por Surtigas, en su área de influencia aún persisten usuarios que se niegan a realizar la revisión periódica o que no han permitido la suspensión del servicio. Es importante que las administraciones de los edificios y el usuario conozca y tenga en cuenta las siguientes disposiciones legales:

  1. Cuando faltan entre 12 y 5 meses para que se cumpla el plazo máximo de la revisión periódica, Surtigas le envía a la copropiedad una comunicación explicando en qué consiste la revisión periódica y con quien puede realizarla.
  2. La Revisión Periódica para redes matrices puede ser realizada por cualquiera de los organismos de inspección acreditados (OIA´s) de Colombia o por Surtigas a través de sus contratistas.
  3. La Revisión Periódica finaliza cuando la red matriz y/o la instalación interna del usuario cuenta con el certificado de conformidad, es decir, cuando ésta se encuentra sin defectos según el reglamento técnico de instalaciones expedido por el Ministerio de Minas y Energía (Res. 90902 de 2013), y el certificado ha sido entregado por el OIA a la empresa distribuidora de gas natural.
  4. Es importante que la administración o el usuario realice la Revisión Periódica lo antes posible, para que en caso de que existan defectos en la instalación interna, estos puedan ser corregidos a tiempo y se logre certificar la instalación antes del plazo máximo.
  5. Si la instalación interna de un apartamento o la red matriz de un multifamiliar requiere de arreglos, estas pueden ser realizadas por las personas relacionadas en el Registro de Instaladores que se publica en la página web de Surtigas y en las oficinas de atención al cliente.

Es responsabilidad de la administración del edificio y de los usuarios realizar su revisión periódica, con los OIA´s autorizados.

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