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Tribunal ratifica elección del alcalde de Córdoba, Bolívar, Regulo Rodríguez

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Por: Luis Miguel De Ávila Rodríguez .

Mediante sentencia de segunda instancia la sala de decisión del Tribunal Administrativo de Bolívar con ponencia del magistrado José Rafael Guerrero Leal, negó las pretensiones de la demanda instaurada por Ignacio Becerra Álvarez, que pedía la anulación del acto de elección como alcalde del municipio de Córdoba, Regulo Rafael Rodríguez Bejarano por presunta doble militancia.

Becerra Álvarez sostuvo que Rodríguez Bejarano incurrió en doble militancia de partidos políticos. Cuenta el demandante que el alcalde de Córdoba, por ser miembro del partido liberal colombiano fue elegido con el aval de esa colectividad como concejal para el período constitucional 2016-2019.

El señor Rodríguez Bejarano, se inscribió como candidato a la alcaldía por el Movimiento Alternativo Indígena Social, MAIS. No obstante haber venido ejerciendo como concejal por el partido liberal.

También hizo parte de otra militancia política dentro del año anterior a su inscripción. Tal como se aprecia en un documento remitido por el partido Conservador Colombiano, en el cual ese partido avala la candidatura a la Alcaldía del señor Rodríguez Bejarano y lo inscribió como candidato a la alcaldía.

El señor Rodríguez Bejarano renunció al cargo de concejal el 19 de julio de 2018. Adicional a lo anterior , el demandante reitera que Omar Yépez Álzate en su condición de presidente del partido Conservador, el 4 de julio del 2019 otorgó a Rodríguez Bejarano , aval para inscribirse en su partido político como candidato a la alcaldía a pesar que se había denunciado la doble militancia.

Luego Rodríguez Bejarano en un oficio desmiente y aclara su paso por los partidos. Anexo certificados que confirman que nunca militó en el partido conservador.
En oficio del 14 de julio del 2019 se informa que se avaló fue la inscripción de Regulo Rafael Rodríguez Benjumea como candidato a la alcaldía de Córdoba.

El demandante no fue claro en las pruebas y que el documento expedido por el partido Conservador no corresponde al demandado, pues se hace referencia a Regulo Rafael Rodríguez Benjumea y no da certeza de que el demandado se encuentre inscrito en el conservatismo.

En el fallo se solita al Consejo Nacional Electoral que se investigue la conducta administrativa del partido Conservador frente al otorgamiento de aval a los candidatos a las corporaciones públicas

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