El alcalde, William Dau Chamat, expidió el Decreto 1293 del 30 de noviembre de 2021, por medio del cual se prorrogan las medidas en virtud de la emergencia sanitaria generada por el COVID- 19, y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura.
El Decreto 1293 rige a partir de las 00:00 del día 1 de diciembre de 2021 y su vigencia será hasta las 0:00 am del día 15 de diciembre de 2021.
El nuevo decreto ordena la presentación de carné de vacunación contra el COVID-19 o el certificado digital de vacunación a mayores de 12 años.
Se mantiene la autorización de eventos de carácter público o privado, con aforo de hasta el 100% , el toque de queda de 2 a.m. a 5 a.m. de cada día, el ingreso a las playas autorizadas de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m. y el tránsito de chivas de 9:00 a.m. hasta las 12:00 de la medianoche.
Cartagena de Indias, D.T. y C., 30 de noviembre de 2021. En la tarde de este martes, 30 de noviembre, la Alcaldía de Cartagena emitió un nuevo decreto con medidas sanitarias para contener el COVID-19 en la ciudad.
Se trata del decreto 1293 del 30 de noviembre de 2021, por medio del cual se prórroga la vigencia del Decreto 1180 del 28 de octubre de 2021, a través del cual se adoptan medidas en virtud de la emergencia sanitaria generada por el COVID- 19, el mantenimiento del orden público, y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura en el Distrito de Cartagena de Indias.
Esta nueva normativa rige a partir de las 00:00 del 1 de diciembre de 2021, y su vigencia será hasta las 0:00 a.m. del 15 de diciembre de 2021.
Se exige carné de vacunación a mayores de 12
Conforme a lo ordenado por el Gobierno Nacional, con la entrada en vigencia del Decreto 1293, en Cartagena se exigirá la presentación de carné de vacunación contra el COVID-19 o certificado digital de vacunación, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación a los asistentes y participantes de eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva, en bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio.
Igualmente, se exigirá el documento en escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.
La medida entrará a regir a partir del 30 de noviembre de 2021 para mayores de 12 años. Se exceptúa de esta medida a la población entre 0 y 12 años.
Es de resaltar que, a partir del día 14 de diciembre será obligatorio el esquema completo de vacunación para el ingreso a los lugares mencionados anteriormente.
Las medidas que no cambian
A través del Decreto se mantienen vigente las medidas que fueron ordenadas con el 1180 de octubre de 2021, las cuales son:
– Realización de eventos de carácter público o privado, lo que incluye conciertos, eventos masivos deportivos, y lugares de baile, con aforo de hasta el 100% de la capacidad de la infraestructura. Previa presentación del carné de vacunación.
– El toque de queda de 2 a.m. a 5 a.m. de cada día.
– El ingreso a las playas autorizadas de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.
– El tránsito de vehículos turísticos tipo chiva es de 9:00 a.m. hasta las 12:00 de la medianoche.
– El uso de tapabocas obligatorio en espacios públicos y establecimientos de comercio y se deberá garantizar el distanciamiento social.