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William Morales Caicedo, candidato al Consejo Local de Juventudes

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Con la consigna «Joven elige joven», William David Morales Caicedo, un ingeniero electrónico de Cartagena postuló su nombre al Consejo Local de Juventudes de la Localidad 3 de Cartagena.

Es un joven residente en el barrio Blas de Lezo, quien invita a todos los jóvenes cartageneros a sumarse a su campaña, que busca mejores oportunidades para ese segmento de población.

Con el apoyo del partido político Cambio Radical, aspira a ocupar uno de estos importantes cargos en su Localidad.

Este 5 de Diciembre tú apoyo y votación es muy Importante.

Le dijo a Mundo Noticias que con la participación de todos y sana elección podemos desarrollar y hacer cumplir en tiempo real lo dispuesto para nosotros los Jóvenes de Colombia.

Les hizo un llamado a la juventud para que se una a esta jornada democrática del próximo 5 de diciembre, si están en el rango de edades de 14 a 28 años.

«Yo, Willam Morales, Aspirante al Concejo de Juventudes por la Localidad 3, deseo qué podamos hacer realidad esté proyecto el cual nos va a favorecer a todos los Jóvenes..

Sí, así como lo lees, llegó la hora de encaminar estos proyectos, acuerdos y políticas publicas los cuales traerán desarrollo y sostenibilidad.

Los Jóvenes también podemos elegir una vida digna llena de oportunidades.

Trabajar juntos y vencer los miedos es la mejor manera de sacar adelante nuestra Localidad 3 Marcando Cambio Radical#

La incidencia en la vida social, cultural, económica, y democrática de nuestro país es cuestión de todos.

Esta es la Ley.

La Consejería Presidencial para la Juventud se rige bajo la Ley 1622 del 29 de abril de 2013 o Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil y la ​​Ley 1885 del 1 de marzo de 2018, con la primera se expide el Estatuto de Ciudadanía Juvenil y con la segunda,
se establece el marco institucional para garantizar a todos los, y las jóvenes del país, el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil.

ESTATUTO DE CIUDADANÍA JUVENIL: Ley Estatutaria 1622 de 2013 modificada por la Ley Estatutaria 1885 de 2018
Ley 1622 del 29 de abril de 2013 o Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil Cuyo objeto es «Establecer el marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país».

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