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Centrales sindicales rechazan Decreto 1174 que fija Piso de Protección Social

Noticia tomada de la Agencia de Información Laboral -AIL

El pasado 27 de agosto, se expidió el decreto 1174 del Ministerio de Trabajo. El presidente de la república firmó la norma que pretende crear el “Piso de Protección Social”. Pero las centrales sindicales y conocedores del mundo del trabajo han rechazado de plano este decreto.

La Central Unitaria de Trabajadores, CUT, la Confederación de Trabajadores de Colombia, CTC y la Confederación General del Trabajo, CGT, ya se pronunciaron en contra del decreto 1174. Coinciden en que la norma es un engaño para los trabajadores colombianos.

El decreto 1174

En el Plan Nacional de Desarrollo quedó el artículo 193. Ahí establece que los trabajadores de tiempo parcial que no alcancen a ganar un salario mínimo, tienen derecho a recibir protecciones sociales como salud, riesgos laborales y una especie de pensión. Lo que buscaba era la creación del “Piso de Protección Social” Este decreto, desarrolla ese artículo y crea el mecanismo.

Desde la discusión del Plan Nacional de Desarrollo, el sindicalismo ha criticado el artículo 193. Se planteó que este le abría el paso al trabajo por horas, lo que iría en detrimento del empleo y la remuneración de millones de trabajadores colombianos.

El decreto 1174 amplía la cobertura de la seguridad social a costa de los derechos ya ganados por los colombianos. Así lo explican Ana María Amado y Luisa Fernanda Parra de la Escuela Nacional Sindical, ENS. “El Decreto 1174 reduce a la baja las garantías del sistema y abre la puerta para que los BEPS, un servicio complementario y no progresivo, cubra no solo a los más vulnerables, sino también a la población económicamente activa que puede cotizar a un sistema más garante y no asistencial”, dicen en un artículo

Según las abogadas, el decreto 1174 modifica la constitución en lo que tiene que ver con los requisitos para acceder a los BEPS. Uno de ellos es que los beneficiarios no cumplan con las condiciones para acceder a pensión, así se vulnera el principio de progresividad y no regresividad.

“Así, a pesar de que el artículo 48 de la Constitución establece que se pueden conceder BEPS inferiores al salario mínimo, a personas de escasos recursos que no cumplan con las condiciones requeridas para tener derecho a una pensión, el decreto 1174  amplía la cobertura estableciendo que  las personas que tengan uno o varios vínculos laborales por tiempo parcial y que en virtud de ello reciban un ingreso total mensual inferior a un (1) salario mínimo se encuentran obligados a acceder a los BEPS, sin que tenga importancia que cumplan o no con las condiciones para acceder a una pensión.”

Otra de los temores es que el decreto 1174 sea una antesala del trabajo por horas. “Al permitir cotizaciones por debajo del salario mínimo se habilita la flexibilización laboral que conlleva la reducción a la baja de las demandas de las y los trabajadores y sume al país en modelos de protección mínimos.” Dicen Amado y Parra. Las abogadas agregan que se comienzan a estructurar los cimientos de un sistema precario y mediocre que no garantiza la seguridad social digna.

Las críticas de las centrales

La CUT expidió un comunicado en el que rechazó de plano el decreto 1174. Dicen que la norma atenta contra los derechos pensionales y laborales de los trabajadores colombianos. La central le pide al Ministro de Trabajo Ángel Custodio Cabrera que derogue el decreto. Además, le solicita que entable conversaciones con las organizaciones sindicales para plantear verdaderas propuestas en relación con los pisos de protección social.

Dice el comunicado de la CUT que el decreto 1174 no es un desarrollo de los pisos de protección social propuestos por la OIT. Asegura que es todo lo contrario porque la recomendación 202 de la OIT del 2012 dice que los Pisos de Protección Social, PPS deben incluir garantías básicas en materia de seguridad social durante todo el ciclo de la vida. “Este nuevo PPS es, por el contrario, una flexibilización de las condiciones laborales y de seguridad social de los trabajadores consagrados en la Constitución Política de Colombia, el Código sustantivo de trabajo y demás normas nacionales vigentes.”

Por su parte, Julio Roberto Gómez, presidente de la CGT dijo en un video colgado en Twitter que el decreto 1174 es un absurdo inaceptable. “Esto es una actitud que no tiene ninguna clase de presentación”, dijo.  Aseguró que la discusión de estos temas le corresponde es a la Comisión de Concertación.

Julio Roberto Gómez agregó que el decreto 1174 es abiertamente inconstitucional.  “No resuelve los problemas de fondo para la clase trabajadora colombiana. Llegó la hora en que sea convocada la Comisión Permanente de Concertación para encontrarle salida a esta problemática” finalizo el dirigente.

A su vez, la CTC también expidió un comunicado. La Confederación dijo en este documento que el decreto 1174 es un “aleve atentado contra los trabajadores”. Asegura que es mentiroso y señala los embustes que, según ellos, tiene.

Dice por ejemplo que la ley no permite que haya salarios por debajo del mínimo. El decreto 1174 lo que hace es permitir que se pague a los trabajadores por debajo de lo estipulado. También dice que los BEPS no son un aporte pensional, que los microseguros contemplados son un engaño y que la protección social no es una acción generosa.

“El decreto 1174, no trae ningún beneficio para los trabajadores, no combate la informalidad, todo lo contrario, la fomenta y la legaliza, elimina el derecho a una pensión digna, es contraria a las recomendaciones de OIT y a los objetivos del desarrollo sostenible – ODS, es una negación al trabajo decente, inicia el desmonte del salario mínimo, deja a la clase trabajadora en situación de mayor pobreza y desamparo, aumentará la pobreza y la desigualdad”.

Finaliza la comunicación de la CTC diciendo que el decreto 1174 es “la más letal reforma laboral y pensional en la historia de Colombia”.

Foto cortesía: El Heraldo.