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Contraloría interviene contrato de compra de pruebas rápidas para COVID 19 en la Alcaldía de Cartagena

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Las denuncia que hicieron varios veedores ciudadanos sobre la presunta contratación irregular de las pruebas rápidas para detectar el COVID 19 en la ciudad de Cartagena, tuvieron eco en la Contraloría General de la República, cuyo titular Carlos Felipe Córdoba Larrarte, ordenó una intervención funcional sobre este millonario contrato.

Mediante la Resolución 0832 de 2020 se decreta la intervención funcional de oficio sobre los objetos de control que se identifican a continuación, con el fin de que la Contraloría General de la República asuma su conocimiento directamente, así: proceso de contratación de pruebas rápidas aprobadas por el Invima para el diagnóstico y contención del Covid19 en el Distrito de Cartagena realizado con la empresa Ventas Distribución y Marketing Ltda, el cual tuvo un costo de 725 millones de pesos.

Parágrafo primero. La presente intervención opera sobre todas las etapas precontractuales, contractuales y poscontractuales, así como sobre los modificatorios suscritos si los hubiere.

ARTÍCULO SEGUNDO: ASIGNAR EL CONOCIMIENTO Y TRÁMITE de los hechos relacionados con los objetos de control identificados en el artículo primero del presente acto administrativo, a la Contraloría Delegada para el Sector Salud.

ARTÍCULO TERCERO: La Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata remitirá a la Contraloría Delegada para el Sector Salud, toda la información recaudada y que concierna a los objetos de control relacionados en el artículo primero de este acto administrativo, así como los informes que sobre el particular sean elaborados.

ARTÍCULO CUARTO: La intervención funcional decretada producirá los efectos legales dispuestos en el artículo 21 del Decreto Ley 403 del 16 de marzo de 2020, los cuales deberán ser cumplidos de manera inmediata por parte de los servidores de la Contraloría General de la República y en especial, por las contralorías territoriales en cuanto a la transferencia de la titularidad funcional y la suspensión de actividades de vigilancia y control en curso y el envío de las diligencias respectivas en los plazos dispuestos en la norma.

ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR, a través de la Contraloría Delegada para el Sector Salud, la presente resolución a la Alcaldía de Cartagena; a la Contraloría Distrital de Cartagena; a la Gerencia Departamental Colegiada de Bolívar, la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata y a la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana. Sin perjuicio de las demás comunicaciones que deban realizarse.

ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de su expedición y contra ella no procede recurso alguno.

La resolución en mención tiene la firma del Contralor General de la República Carlos Felipe Córdoba .

Contra este contrato surgieron varias denuncias de veedurías ciudadanas y de Funcicar por haberlo celebrado de manera directa con una empresa que ofreció precios por encima de los que ofertaron otras empresas que también se interesaron en dicha contratación.

El veedor ciudadano Héctor Pérez, dijo que lo mas delicado de este asunto es que aún las pruebas no han llegado pese a que han transcurrido 32 días de haber sido adjudicado y por eso no solo debe investigarse unh presunto detrimento patrimonial sino también un presunto homicidio culposo, ya que aún no entregan el material, y se infiere que muchas personas pudieron morir en ese espacio de tiempo por no haberle realizado las pruebas contratadas.

 

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