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Contratista no ha entregado pruebas rápidas para COVID 19 a la Alcaldía de Cartagena

La emisora W Radio reveló hoy que un mes y 13 días después de adjudicar la alcaldía de Cartagena un contrato por $725 millones a la firma barranquillera Ventas Distribución y Marketing Limitada, para la adquisición de 10 mil pruebas rápidas para el diagnóstico de coronavirus, esas pruebas aún no han sido entregadas al Distrito que atraviesa una crisis por esta pandemia, porque ya se cuenta 1.667 contagiados y han muerto 87 personas por la Covid-19.

El incumplimiento de ese contrato lo confirma una acción preventiva emitida por la Procuraduría Provincial de Cartagena a la cual tuvo acceso La W y en la que le dan al alcalde William Dau hasta este viernes 22 de mayo para que informe las acciones tomadas ante la no entrega de esas pruebas. Además, le piden que explique las acciones pertinentes ante el eventual incumplimiento del contrato.

La no entrega de esas pruebas a la Alcaldía por parte de la empresa barranquillera genera una nueva polémica, porque desde el gobierno Dau defendieron ese millonario contrato alegando que el contratista entregaría las pruebas en menos de quince días y sin anticipo, hoy, más de un mes después no le han entregado al Distrito una sola prueba.

Por esta contratación, ya la Procuraduría abrió una indagación preliminar por presuntos sobrecostos ya que la Alcaldía compró cada prueba a 72 mil pesos, cuando otros entes territoriales las compraron en $27.640. Lo que indica que con los $725 millones dispuestos para esta compra que aún no se hace efectiva se pudieron haber adquirido 24.530 pruebas.

La firma que no ha entregado las pruebas.

Ventas Distribución y Marketing Limitada, la empresa seleccionada por la Alcaldía de Cartagena para este cuestionado contrato, está matriculada en la Cámara de Comercio de Barranquilla desde 1999 y desde 2019 está inscrita en el Registro Único de Proponentes (RUP).

La carta dice textualmente:

Cordial saludo
Desde este despacho se dispuso el inicio de la presente acción preventiva en ejercicio de las facultades que le asisten, en particular las referidas a las labores preventivas dispuestas en la Constitución Política en el artículo 277 numerales 3, 5 y 7 de y el Decreto 262 de 2000 artículo 7 numeral 37, con el fin de hacer seguimiento y control de las actividades institucionales en la prevención, contención, mitigación y superación de la pandemia ocasionada por el COVID 19.

De manera atenta me permito solicitarle a usted informar a este despacho las acciones tomadas ante la no entrega de pruebas rápidas «inmunoensayo de flujo lateral para l detección de anticuerpos anti-sars-cov-2 InG E IgM en suero plasma o sangre total, con respectivo registro sanitario Invima» confirme a lo establecido en contrato de compra venta N 8 del 08/04/2020, celebrado entre el Distrito de Cartagena y Ventas y Distribución y Marketing Ltda. el día 8 de abril y cuyo plazo de ejecución se estableció en treinta (30) días, evaluando las acciones pertinentes ante el eventual incumplimiento del contrato.
De igual manera le solicito a usted indicar las acciones y gestiones realizadas para la adquisición de elementos para la realización de pruebas PCR e indicar los apoyos entregados al Laboratorio de Salud Pública y al Laboratorio de la Universidad de Cartagena para efectos de la realización de pruebas.
La información solicitada se debe hacer llegar el día viernes 22 de mato al correo electrónico gdavila@procuraduria.gov.co
Atentamente,
Guidobaldo Flórez Restrepo
Procurador Provincial de Cartagena.

Foto cortesía: WRadio