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Juez ordena al alcalde William Dau retractarse de acusaciones lanzadas contra exfuncionaria

El Juzgado Dieciséis Civil Municipal de Cartagena le ordenó al alcalde Mayor William Dau Chamat, rectificar lo afirmado contra la líder comunal y ex funcionaria de la Secretaría de Hacienda Distrital, Mildreth Racini Montalvo, tras publicar una lista y señalarla de hacer parte de un supuesto “cartel de prescripciones” en esa dependencia del Distrito.

La Juez Key Sandy Caro Mejía, le dio un plazo de 24 horas a Dau Chamat, para que publique en sus redes sociales el escrito de retractación de lo afirmado el 20 de enero de 2020 en su Facebook e Instagram, en donde divulgó el listado de 16 personas, junto a sus supuestos jefes políticos, que presuntamente integraban ese nido de corrupción.

La demandante alegó vulneración de sus derechos fundamentales a la honra y el buen nombre, tras verse afectados con esa publicación y los señalamientos del mandatario distrital.

El despacho judicial no accedió a la petición de la demandante en el sentido de ordenar el cierre de las redes sociales del alcalde de Cartagena.

Por estos mismos hechos, nueve personas que aparecieron en el listado del denominado «cartel de las prescripciones» en la Secretaría de Hacienda Distrital interpusieron también acciones judiciales por esta situación.

El fallo conocido por Mundo Noticias dice textualmente:

«Tutelar los derechos deprecados por Mildreth Racini Montalvo, sólo por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

Ordenar al señor William Dau Chamat, publique dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de esta sentencia, el escrito de retractación del 20 de enero de 2020, individualizando el nombre del accionante, como sujeto objeto de la retractación; la accionante Mildreth Racini Montalvo, ello por medio de sus cuentas Salvemos _a_cartagena y Let’s Save Cartagena en las redes sociales de Facebook e Instagram, debiendo permanecer tales publicaciones por un tiempo como mínimo de tres (3) días.

No se accede a la pretensión de ordenar el cierre de las redes sociales, dadas las consideraciones expuestas.

Notificar esta Providencia en la forma ordenada en el artículo 30 del decreto 2591 de 1991, advirtiendo que el incumplimiento a este fallo acarrea las sanciones estipuladas en el artículo 52 del citado decreto.

El juzgado se abstendrá de ordenar el cierre de las redes sociales del accionado William Dau Chamat, teniendo en cuenta que en el caso se enfrentan dos derechos fundamentales como es el buen nombre y honra del accionante con la libertad de expresión del accionado, por lo cual la jurisprudencia constitucional al hacer el test de proporcionalidad para dar  solución a  casos del mismo tipo que aquí se estudian, por publicaciones deshonrosas, ha optado por limitar la libertad de expresión pero de la manera menos restrictivas que encuentre.  Así las cosas, ordenar al accionado cerrar sus cuentas de redes sociales y prohibirle su utilización se tomaría en una medida exageradamente lesiva a su derecho fundamental a la libertad de expresión.

En consecuencia, considera esta agencia judicial, que tales pretensiones no tienen cabida, estimándose suficientes las órdenes dadas para la cesación de la vulneración a los derechos de la parte actora».

La señora Racini Montalvo, aseguró que estos señalamientos injustificados del alcalde Dau Chamat, afectaron seriamente su imagen de líder comunal de más de 16 años, además en toda la ciudad en donde goza del aprecio y admiración de personas, que a lo largo de su experiencia laboral como asesora externa de la Secretaría de Hacienda Distrital, se ha ganado la confianza de muchísimas personas.

Explicó que además de la acción de tutela, igualmente presentó una denuncia penal en la fiscalía por injuria y calumnia y una queja disciplinaria en la Procuraduría.