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William Morales Caicedo, candidato al Consejo Local de Juventudes

Con la consigna «Joven elige joven», William David Morales Caicedo, un ingeniero electrónico de Cartagena postuló su nombre al Consejo Local de Juventudes de la Localidad 3 de Cartagena.

Es un joven residente en el barrio Blas de Lezo, quien invita a todos los jóvenes cartageneros a sumarse a su campaña, que busca mejores oportunidades para ese segmento de población.

Con el apoyo del partido político Cambio Radical, aspira a ocupar uno de estos importantes cargos en su Localidad.

Este 5 de Diciembre tú apoyo y votación es muy Importante.

Le dijo a Mundo Noticias que con la participación de todos y sana elección podemos desarrollar y hacer cumplir en tiempo real lo dispuesto para nosotros los Jóvenes de Colombia.

Les hizo un llamado a la juventud para que se una a esta jornada democrática del próximo 5 de diciembre, si están en el rango de edades de 14 a 28 años.

«Yo, Willam Morales, Aspirante al Concejo de Juventudes por la Localidad 3, deseo qué podamos hacer realidad esté proyecto el cual nos va a favorecer a todos los Jóvenes..

Sí, así como lo lees, llegó la hora de encaminar estos proyectos, acuerdos y políticas publicas los cuales traerán desarrollo y sostenibilidad.

Los Jóvenes también podemos elegir una vida digna llena de oportunidades.

Trabajar juntos y vencer los miedos es la mejor manera de sacar adelante nuestra Localidad 3 Marcando Cambio Radical#

La incidencia en la vida social, cultural, económica, y democrática de nuestro país es cuestión de todos.

Esta es la Ley.

La Consejería Presidencial para la Juventud se rige bajo la Ley 1622 del 29 de abril de 2013 o Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil y la ​​Ley 1885 del 1 de marzo de 2018, con la primera se expide el Estatuto de Ciudadanía Juvenil y con la segunda,
se establece el marco institucional para garantizar a todos los, y las jóvenes del país, el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil.

ESTATUTO DE CIUDADANÍA JUVENIL: Ley Estatutaria 1622 de 2013 modificada por la Ley Estatutaria 1885 de 2018
Ley 1622 del 29 de abril de 2013 o Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil Cuyo objeto es «Establecer el marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección y sostenibilidad; y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso que faciliten su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país».